Por: Redacción/Plural
Morelia, Mich., a 9 de junio.-La Secretaría de Gobierno por conducto de la Dirección de Trabajo y Previsión Social, exhorta a los patrones a cumplir el pago de utilidades a sus trabajadores.
Alejandro Bribiesca Gil, director de dicha instancia, explicó que “las utilidades son ganancias que tiene una empresa en el transcurso de un año fiscal y casi todos los trabajadores tienen derecho a recibir parte de esas ganancias”.
Agregó que la mayoría de los empleados tienen derecho al 10 por ciento de utilidades que se hayan reportado y que sean efectivas, “no es lo que el patrón diga sino lo que la autoridad hacendaria indique, según el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo”.
Aclaró que quienes no tienen derecho a estas utilidades son los directores, administradores, gerentes, los socios, accionistas de las empresas y/o los empleados eventuales que hayan trabajado menos de 60 días en ese año fiscal.
“Hay empresas que no están obligadas a pagar utilidades, que son lo que se encuentran bajo el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos), es decir, los negocios que ganan menos de 300 mil pesos en un año”, añadió.
El director del Trabajo indicó que esta obligación se establece y las cantidades se fijan en base a la declaración anual del ejercicio fiscal.