Por: Redacción/Plural
México, DF., a 10 de septiembre.-Durante la cuarta sesión de pleno de la recién instalada LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la vicepresidenta de la Mesa Directiva, Diputada Federal Daniela De Los Santos Torres, en cumplimiento a uno de sus compromisos de campaña, presentó la Iniciativa de Ley General de Adopción.
Con el objeto de garantizar el derecho a vivir en familia de toda persona susceptible de ser adoptada además de establecer los principios, lineamientos y requisitos necesarios para que las adopciones se realicen con certeza bajo el interés superior de la niñez, la legisladora federal y su bancada del PVEM, impulsan a partir de hoy la Ley General de Adopción.
“A nivel nacional son cinco los Estados que cuentan con una Ley de Adopción, los demás se rigen por su normatividad familiar o civil; en Michoacán, con esta ley logramos incrementar el número de adopciones de 7 en el año 2012 a 46 en lo que va del 2015.
Somos el único Estado que contempla plazos precisos para el trámite de adopción (45 días) que ubica al interés superior del menor de tener un hogar y crecer en familia por encima del derecho de los padres a ejercer la patria potestad”, precisó la legisladora federal.
Algunos de los problemas observados en la tramitación de una adopción son: falta de transparencia, negligencia de autoridades al revisar los expedientes, exceso de requisitos o incluso que atentan contra los derechos humanos, como es pedir un certificado de infertilidad; pero sobre todo algo fundamental que impide que muchos menores puedan ser adoptados, es la falta de perdida de la patria potestad por parte de quien legalmente la ejerce.
Es por esto último y en observancia al interés superior de la niñez, la iniciativa presentada el día de hoy contempla en su articulado que “las niñas, niños, adolescentes y mayores de edad discapacitados abandonados o expósitos, acogidos por alguna persona, institución pública o privada, serán sujetos de adopción una vez que hayan transcurrido 120 días naturales sin que se reclamen derechos sobre ellos o se tenga información que permita conocer su familia de origen o extensa”.

