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Sendero Político: La Cocotra y la Carabina de Ambrosio

RedacciónBy Redacciónoctubre 13, 2017
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Por: José Cruz Delgado

La posible llegada de la empresa Uber a Morelia está causando un gran revuelo entre los transportistas del servicio público porque sería una competencia y causaría pérdidas, principalmente a los dirigentes que se han enriquecido con las cuotas y las múltiples concesiones que tienen y que de ser modestos trabajadores del volante ahora viven una vida muy cómoda, súper cómoda por ello no les conviene la competencia, y ahora sí reconocen que el servicio es deficiente, lamentablemente siempre ha sido deficiente ante la complicidad de los titulares de la Comisión Coordinadora del Transporte Público de Michoacán en turno que han permitido ser chantajeados por los líderes y que cada vez que se les antoja poner de rodillas al gobierno bajo la amenazas de paralizar el servicio si no cumplen sus demandas.

La Cocotra y la carabina de Ambrosio es la misma cosa.

Y es que luego de conocerse la versión que llegaría Uber a la entidad, el organismo dijo en un comunicado que no daría permiso para que trabaje en la capital michoacana. Sin embargo, el rumo causó molestias en el sector y de inmediato se movilizaron para protestar sin que aún constataran que su llegada sea una realidad.

El presidente de la Comisión del Transporte en el Congreso del estado, Raymundo Arreola Ortega, tuvo que intervenir y en la tribuna dijo que mucho se ha dicho sobre los beneficios que trae a los ciudadanos el que una compañía transnacional como Uber preste el servicio de transporte en el estado, que son carros nuevos, que los choferes son educados, que las tarifas son más económicas, lo que no está en discusión, la controversia es si su operación se encuentra conforme a la normatividad local y se pronunció por el irrestricto respeto a la ley.

El legislador dijo que en el estado de Michoacán se encuentra vigente la ley de Comunicaciones y Transportes del estado de Michoacán y la cual a la letra reza en diversos artículos lo siguiente:

“Articulo 2°.- Para que los particulares tengan derecho a utilizar con fines comerciales las vías estatales de comunicación o cualquier clase de servicio público conexo a éstas, se requiere tener concesión o permiso del Ejecutivo, los cuales se otorgarán con sujeción a esta ley.”

“Articulo 8o.- Concesión de un servicio público de autotransporte es el acto unilateral, de derecho público, por medio del cual el ejecutivo del estado otorga autorización anual, con vigencia de un año fiscal, susceptible de renovación, a una persona física o moral para prestar mediante una remuneración, el servicio de autotransporte de personas o cosas en las vías públicas de jurisdicción estatal, en vehículos autorizados de acuerdo a esta ley y su reglamento”.

“Articulo 9o.- Permiso de servicio público de autotransporte es el acto unilateral por medio del cual el ejecutivo del estado otorga autorización hasta por un mes, susceptible de renovación, a una persona física o moral, para prestar mediante una remuneración, el servicio de autotransporte de personas o cosas en las vías públicas de jurisdicción estatal en vehículos autorizados conforme a esta ley y su reglamento.”

De la anterior lectura se desprende de manera indefectible que cualquiera que pretenda utilizar la plataforma digital Uber para transportar a una persona y cobrarle por ello, entran en el supuesto de la ley ello en la inteligencia de que: por principio de cuentas el artículo segundo contiene tres elementos fundamentales a tomar en consideración :

1° Que sea un particular.

2° Que utilice las vías estatales de comunicación.

3° Que esta sea con fines comerciales.

4° Que para poder despegar esta actividad comercial se necesita concesión o permiso del ejecutivo estatal.

En este sentido, es de todos conocido que los particulares que prestan servicio de trasporte a través de la plataforma Uber, lo hacen con fines de especulación o comerciales, es decir es su actividad económica y que utilizan vías de comunicación del lugar donde prestan el servicio, de ahí que de operar este tipo de servicio en el estado, sin duda alguna utilizarán las vías de comunicación estatales, para trasportar personas o mercancías y que cobrarán por ello y en tal virtud cumplen con los elementos descritos con antelación y por lo tanto necesitarán contar con autorización del estado, tal y como se establece en la ley.

Contrario a lo que dicen algunos, de que se trata de un acuerdo entre particulares y que por lo tanto no es necesario contar con una autorización oficial del estado, disientió de ello, en virtud de que al ser una oferta abierta al público en general y que se cobra por ello no es otra cosa que servicio de transporte y por lo tanto manifestó que se requiere de una autorización del estado como lo marca la ley.

La competencia siempre es buena para mejorar las condiciones y ofertas a la ciudadanía en general, que al final del día es la que se debe ver beneficiada, pero siempre cumpliendo con la normatividad existente y considero que el gremio del transporte sabedores de la intención de entrar a operar esta empresa transnacional estarán poniendo cartas en el asunto y mejorará de manera significativa sus servicios a efecto de no dar lugar a causas de argumento para decir que Uber es la salvación del transporte público y que son los únicos que dan un buen servicio, algunas agrupaciones incluso ya operan sus servicios a través de plataformas digitales y cuentan con operadores uniformados y parque vehicular en buen estado.

Finalmente al ser el trasporte una actividad de interés del estado, es éste el que a través de su órgano rector, la Cocotra debe vigilar el estricto cumplimiento de la ley de comunicaciones y trasportes y su reglamento; vigilar, inspeccionar y verificar que los servicios de transporte se proporcionen en forma regular, continua y permanente en las mejores condiciones de seguridad, comodidad, higiene y eficiencia, como siempre lo hemos sostenido en diversas reuniones con agrupaciones transportistas y autoridades del transporte en Michoacán, es con la estricta aplicación de la ley y no por decreto que se mejoraran las condiciones en que se presta el transporte en la entidad, es por ello que conminó a todos los involucrados en la prestación de este servicio, cumplan con la normatividad para que sean igual o mejores que los que pretenden usar la plataforma digital tan controvertida.

Todo está bien, la ley de acatarse, sin embargo, son muchas las quejas contra el servicio que presta el transporte público de Michoacán y pocas las acciones que hace el organismo para poner orden, prácticamente la Cocotra está secuestrada por lar diversas organizaciones transportistas.

Los conductores en su gran mayoría violan la ley, no respetan la tarifa de los de la tercera edad diciendo que les vale “madre” que ellos cobran parejo, son mínimos aquellos que la acatan solapados por sus dirigentes y cuando un usurario denuncia ante un agente de tránsito, éste le dice que mejor no pierda su tiempo que no le van hacer caso porque de inmediato intervienen los líderes.

Así, a diario los conductores trasgreden la ley, hasta se mofan al poner leyendas prohibiendo hablar por teléfono, no comer, no fumar, no llevar música fuerte y es lo primero que hacen, además de decir palabras soeces sin importarles haya mujeres o niños.

Lamentablemente la Cocotra es un cero a la izquierda, ineficiente y cómplice de los abusos.

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