Ciudad de México, a 7 de octubre de 2026.-El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó que las llamadas “boletas planchadas” no pueden considerarse votos válidos, al no constar que hayan sido depositadas por la ciudadanía en las urnas correspondientes durante la jornada electoral.
Con esta sentencia, la Sala Superior revocó la decisión del Instituto Nacional Electoral que abría la puerta a que los consejos distritales decidieran de manera discrecional si sumaban o no dichas papeletas a los cómputos oficiales.
El magistrado ponente Felipe de la Mata mostró en la sesión pública una boleta electoral de 20 por 28 centímetros de altura, contrastándola con el diseño oficial de la ranura de una urna electoral, cuya medida es de 12 centímetros.


